Con base en las recomendaciones hechas por el Panel de Expertos, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-012-SCT-2-2014 «Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal».
Así, con base en la información obtenida por el Panel se estableció que es necesario modificar las especificaciones técnicas contenidas en la NOM-012-SCT-2-2008, para privilegiar la seguridad de todos los usuarios de las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, evitando el daño a la infraestructura carretera, promoviéndose la competitividad y productividad del subsector autotransporte, así como la preservación del ambiente.
A partir de su publicación, la PROY-NOM-012-SCT-2-2014 cuenta con un plazo de 60 días naturales para su consulta pública y la presentación de comentarios de los interesados; asimismo, entrará en vigor y sustituirá a la NOM-012-SCT-2-2008, así como a diversas disposiciones referentes a ésta.
La nueva NOM busca establecer las especificaciones en pesos y dimensiones, capacidad de los vehículos de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, excepto los vehículos tipo grúa de arrastre, así como arrastre y salvamento.
Sin embargo y a pesar de que su estructura se basa en 21 sesiones de trabajo y reuniones con las 13 cámaras y asociaciones que firmaron el Acuerdo de Entendimiento suscrito por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y las principales cámaras y asociaciones del Subsector del Autotransporte, así como diversas instituciones y dependencias de gobierno; algunas fracciones en el sector han declarado su postura en contra de las resoluciones, sobre todo en cuanto a la reducción del tope de carga a las 75.5 toneladas y la eliminación del transporte de combustible en fulles. Aquí las principales implicaciones de este tipo de unidades:
– Prohibir en los plazos más breves posibles el transporte de mercancías y sustancias peligrosas altamente tóxicas en vehículos doblemente articulados, conocidos como fulles.
– Eliminar paulatinamente, en un plazo máximo de cinco años, las autorizaciones existentes para el transporte en fulles de los demás materiales y sustancias peligrosas.
– El transporte de combustible en fulles será eliminado de manera gradual en cinco años, para evitar desabasto.
– No se autoriza el transporte de hasta 80 toneladas de carga en los fulles que estuvo vigente hasta mayo de 2013, y su tope máximo en 75.5 toneladas.
– Establecer una regulación específica para los fulles que los sujete a permisos y placas especiales y que obligue su circulación siempre en la modalidad de doble articulado.