Se avanza en seguridad para el autotransporte, entra en vigor “Ley Anti-Jammer”

• “… con esta nueva ley se busca proteger y reforzar al traslado de mercancías, y con ello a toda la cadena de distribución integrada por fabricantes de bienes y productos, empresas transportistas, proveedores de rastreo satelital, custodias, aseguradoras y comercializadores”, V. Presichi.   

Con el objetivo de reducir el índice delictivo que afecta fuertemente al transporte de carga se dio a conocer que a partir del 25 de enero de 2020 entra en vigor la “Ley Anti-Jammer”, el Diario Oficial de la Federación ha publicado el decreto por el que se adicionan un artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; y un artículo 168 Ter del Código Penal Federal, en materia de bloqueadores de señales de telecomunicación conocidos como Jammers, la cual establece la sanción por la fabricación, venta, compra, instalación, portación o uso de bloqueadores de señal de telefonía, radiocomunicación o transmisión de datos o imagen.

Como lo habíamos adelantado en ediciones anteriores, esta medida busca cerrar filas para atacar con una mayor eficacia el delito del robo al autotransporte de carga, así como a beneficiar a la sociedad en general; pero además impactará en el sector asegurador y de rastreo satelital, pues es un instrumento legal para las autoridades judiciales y policiales que actúan en contra de este delito.

En este sentido Víctor Manuel Presichi Amador, Presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Rastreo y Protección Vehicular (ANERPV) señaló “con esta nueva ley se busca proteger y reforzar al traslado de mercancías, y con ello a toda la cadena de distribución integrada por fabricantes de bienes y productos, empresas transportistas, proveedores    de rastreo satelital, custodias, aseguradoras y comercializadores. Nuestro reconocimiento al Congreso de la Unión y sus legisladores Víctor Manuel Pérez, Juanita Guerra, Higinio Martínez, Ricardo Moreno y Lucía Trasviña, quienes atendieron y entendieron las necesidades de la industria de la seguridad privada, en especial de los proveedores de rastreo vehicular”.

De acuerdo con Presichi Amador, la ley aprobada y emitida por la Comisión de Comunicaciones y Transportes, establece una sanción de 12 a 15 años de prisión para quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte u opere dichos dispositivos, conocidos como Jammer. Dichas adiciones contemplan la excepción de uso para que los operadores de centros penitenciarios y de reinserción social puedan utilizar esta tecnología con fines de seguridad pública. “Sin duda es un gran paso en pro de la seguridad del autotransporte y de todos los sectores que en él participamos”. Pues entre enero y diciembre de 2019, solo entre los asociados ANERPV, se reportaron más de 3 mil 400 robos a nivel nacional, gran parte de ellos vinculados al transporte de carga y en más del 85% de los casos se utilizaron “Jammers”.

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