Ya es obligatoria la NOM-014-SCT-2-2021 sobre defensas traseras, lo que se busca es que los vehículos ligeros no acaben abajo de un vehículo pesado cuando por alguna causa chocan con ellos. Entonces la NOM sobre defensas traseras NOM-014-SCT-2-2021 es para vehículos con peso bruto vehicular de diseño superior a 4,536 Kg., yes seguridad total en sí. La defensa trasera se debe construir en diferente forma para los camiones utilitarios y los autobuses convencionales; es decir, que los autobuses convencionales se deberán montar sobre un chasis recto; entonces tiene que llevar una barra en la parte de atrás y esa barra debe estar sujeta firmemente al chasis del vehículo. “Normalmente, tú haces una carrocería y ahora esa defensa debe tener una barra trasera impuesta sobre una altura mínima de 100 milímetros y una distancia máxima de la parte de abajo de la barra al suelo de 55 cm, que es lo más alto para que el vehículo que venga atrás no caiga abajo. Esa defensa debe tener un ancho como el vehículo, pero no menos de 20 centímetros; es decir, diez centímetros de cada lado. El tema central es proteger a las personas.
Implicaciones de la Norma de Defensa Trasera:
Salvador Saavedra nos comenta que; “implica dos cosas: uno, si hablamos de las armadoras, emiten algo que se llama el manual del carrocero y ahí el fabricante normalmente le dice al carrocero que debe cumplir con las regulaciones y requerimientos de la defensa trasera. Es una nueva responsabilidad, porque entre el 14 y 15% de los fallecimientos o lesionados ocurren en accidentes por alcance en carretera. Y los análisis de seguridad vial que publica el INEGI eso dicen.
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