Cumplimiento normativo de los semirremolques en México

Cumplimiento normativo de los semirremolques en México

Cumplimiento normativo de los semirremolques en México, los fabricantes de convertidores, remolques, semirremolques y sus componentes afiliados a la Rama Industrial 105 de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA) manifestamos nuestra preocupación al observar que es frecuente observar transitando semirremolques, tanto importados como de fabricación nacional, que no cumplen con la norma oficial mexicana NOM-035-SCT-2-2022, ni con las normas mexicanas que dan sustento a sus especificaciones, como la NMX-D-318- IMNC-2017 sobre dispositivos de protección lateral.

La NOM-035-SCT-2-2022 – Remolques, semirremolques y convertidores – Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, fue publicada por primera vez en su versión 2010 en septiembre de ese año, con el objetivo de establecer las especificaciones de seguridad que deben cumplir estos vehículos para poder ser comercializados en nuestro país. Las especificaciones establecidas en esa versión del 2010 eran similares a las que se requerían en los Estados Unidos, aunque “simplificadas” y adaptadas a las condiciones de peso existentes en el mercado mexicano. 

Para lograr la versión de 2022 los fabricantes de convertidores, remolques, semirremolques y sus componentes afiliados a la Rama Industrial 105 de la CANACINTRA trabajamos en el desarrollo de normas mexicanas en las que se definieran a profundidad las especificaciones de seguridad de los siguientes componentes y sistemas:

NMX-D-225-IMNC-2017 sobre cinta retrorreflejante.

NMX-D-233-IMNC-2021 sobre lámparas para vehículos, excepto faros. 

NMX-D-313-IMNC-2015 sobre sistemas de frenos de aire.

NMX-D-318-IMNC-2017 sobre dispositivos de protección lateral, dispositivos que reducen la posibilidad de la caída de peatones o ciclistas debajo de las ruedas traseras de un semirremolque.

NMX-D-319-IMNC-2019 sobre cadenas de seguridad para convertidores.

NMX-D-321-IMNC-2021 sobre el método para evaluar los dispositivos que previenen el vuelco del segundo remolque.

En tanto que la autoridad no está realizando la función de evaluar la conformidad de los convertidores, remolques, semirremolques, en breve la Rama Industrial 105 de la CANACINTRA iniciará una campaña de difusión de las especificaciones que deben cumplir los semirremolques, en diferentes redes sociales y medios de comunicación, de tal forma que los usuarios entiendan la importancia de adquirir estos vehículos cumpliendo con las especificaciones incluidas en la NOM, para seguridad de sus operaciones, así como para la seguridad vial de todas las personas que transitan a su alrededor.

Hacemos un llamado a las autoridades que entrarán en funciones en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a partir del 1 de octubre a establecer un programa de la verificación de la conformidad de los vehículos que se comercializan en nuestro país para seguridad de todos los que transitamos por las vías terrestres.

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La CANACINTRA es una cámara genérica, órgano de consulta obligada del estado, de acuerdo con la Ley de Cámaras y sus Confederaciones, con 76 delegaciones en 30 de las 32 entidades del país y 14 sectores industriales, siendo uno de ellos el Sector de la Industria Automotriz. La Rama Industrial 105 es parte del Sector de la Industria Automotriz y está integrada por los principales fabricantes de convertidores, remolques, semirremolques y sus componentes en todo el país. La CANACINTRA participa en el desarrollo de normas oficiales mexicanas siendo integrante de diversos Comités Consultivos Nacionales de Normalización, así como de normas mexicanas a través de Comités Técnicos de normalización Nacional.

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