Lista la modificación a la NOM-012-SCT-2-2017

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La Secretaría de comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer hacia finales de diciembre la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la NORMA Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal; la norma entrará en vigor en febrero de 2018.


altEntre las disposiciones sobresalientes se encuentran:


6.1.2.2.4 Las configuraciones tractocamión doblemente articulado (TSR y TSS) deberán estar equipadas-con Sistemas de Posicionamiento Global (GPS, por sus siglas en inglés), que reportará como mínimo los-siguientes elementos: posición y velocidad, debiéndose prever un respaldo de la información que genere el-GPS, información que el permisionario deberá poner a disposición de la Secretaría y Policía Federal para su-consulta, conforme a los Lineamientos que emita la Secretaría.


6.1.2.2.5 El tractocamión de las configuraciones tractocamión doblemente articulado (TSR y TSS), deberá-contar con freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción.


6.1.2.2.6 El convertidor o sistema de acoplamiento que se utilice en las configuraciones de tractocamión-doblemente articulado (TSR), así como los semirremolques y remolques, deben cumplir con las-especificaciones técnicas y de seguridad que se establecen en la Norma Oficial Mexicana NOM-035-SCT-2-vigente o la que la sustituya. Asimismo, el convertidor deberá contar con su Permiso y placa de identificación-vehicular correspondiente, para su circulación en caminos y puentes de jurisdicción federal; debiendo cumplir-con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSP-2008 o la que la sustituya o bien, la que en su momento se-encontraba vigente al momento de su fabricación.


6.1.2.2.7 El tractocamión de las configuraciones doblemente articuladas deberá ser gobernado en su-velocidad, a través de la computadora del motor, a efecto de que se restrinja su velocidad hasta un máximo de-80 km/hr. No obstante, lo anterior, deberán observarse los límites establecidos en los dispositivos para el control de tránsito en las carreteras y en el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción-Federal.


6.1.2.2.8 Las configuraciones doblemente articuladas, deberán contar con sistema de ajuste automático de-frenos.


Otro punto destacado es la corresponsabilidad tanto de la SCT y la SEGOB mediante la Policía Federal quien se encargará de coordinar la vigilancia del cumplimiento de la Norma, en el ámbito de sus respectivas competencias.


9. Vigilancia


La Secretaría en centros fijos de verificación de peso y dimensiones y en puntos automatizados de control-de peso y dimensiones, donde por medio de sistemas de pesaje electrónico y medición de dimensiones de los-vehículos y configuraciones en circulación, se verifique que cumplan con el peso y dimensiones máximos-autorizados por tipo de vehículo…

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