Tras la polémica derivada de las restricciones a la circulación en la CDMX y sus implicaciones en la cadena de suministro, el gobierno de la entidad a través de la Secretaría de Movilidad y la Secretaría de Seguridad Pública, en concordancia con las Confederaciones, Cámaras y Asociaciones vinculadas al transporte de mercancías firmaron el Convenio de Concertación y Colaboración de Acciones para hacer más eficientes los programas: “Temporal de Contingencias Ambientales” y el “Hoy no Circula” de la CDMX y los 18 municipios conurbados del Estado de México.
En este convenio los organismos participantes, en consonancia con su preocupación por la salud de los ciudadanos y el medio ambiente, buscaron conciliar con las autoridades para llegar a acuerdos favorables que privilegien la conservación del medio ambiente sin mayores afectaciones a la logística y el transporte de mercancías. Así se acordó restringir en su totalidad el acceso de todos los vehículos de carga de lunes a viernes en un horario de 6 a 10 am en las vialidades de acceso de la CDMX: Acceso Carretero de Querétaro, Toluca, Puebla, Cuernavaca, Texcoco y Pachuca.
A su vez los vehículos de carga que hayan ingresado o se encuentren transitando dentro de la ZMVM antes de las 6 am podrán circular hasta las 7 am y restringirán su circulación en su totalidad de lunes a viernes en un horario de 7 a 10 am. En caso de Contingencia Fase 1 las partes acuerdan que adicional a la cláusula segunda de este instrumento los vehículos de transporte de carga suspenderán la circulación de conformidad con los dígitos de la matricula o placas señaladas en el programa hoy no circula: 5 y 6 lunes; 7 y 8 martes; 3 y 4 miércoles; 1 y 2 jueves; 9 y 0 viernes.
Â
Con las siguientes excepciones:
Â
• Transporte de materiales y residuos peligrosos.
• Transporte de unidades con sistemas de refrigeración.
• Transporte de productos perecederos.
• Unidades revolvedoras y bombas de concreto.
• Todos los vehículos que estén autorizados en el programa de autorregulación de la CDMX y del gobierno del Estado de México registrados ante la CAMe.
• Vehículos eléctricos e híbridos, gas LP, gas natural, registrados ante las autoridades ambientales y la CAMe.
• Los vehículos dentro del programa de transporte limpio de SEMARNAT registrados ante la CAMe.
• Los vehículos de transporte y traslado de valores, así como mensajería y paquetería en carga consolidada.
Para determinar el dígito en los vehículos que tengan placa del servicio público federal se atenderá el “AVISO por el que se modifica el diverso a las personas físicas o morales permisionarias de los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga, y de transporte privado de personas y de carga, arrastre privado, autotransporte internacional de pasajeros, turismo y carga, así como las que prestan los servicios auxiliares de paquetería y mensajería, arrastre y salvamento, que a partir del 1 de julio de 2012 deberán someter sus vehículos (propios o arrendados) a la verificación obligatoria de condiciones físico-mecánica y obtener el dictamen correspondiente en las Unidades de Verificación aprobadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.”
Este acuerdo define también que aquellos vehículos que sean determinados como ostensiblemente contaminantes, de conformidad con el procedimiento de establezca para tal efecto, sean retirados de manera inmediata de la circulación.
De este modo los organismos firmantes se comprometen a analizar y trabajar conjuntamente para encontrar las mejores soluciones en la seguridad logística, transporte y distribución de las mercancías que en su cadena de abasto así lo permitan, fortalecer el convenio, entre ellas la distribución nocturna y corredores seguros. El convenio será vigente a partir del 13 de abril y estará en vigor al 30 de junio de 2016.
Â
El convenio completo se puede consultar en:
http://www.ssp.df.gob.mx/documentos/pdf/CCF14042016.pdf
Con información de www.ssp.df.gob.mx