A partir de los accidentes acaecidos en el territorio mexicano en abril pasado las interrogantes sobre los límites de peso y dimensiones no se han hecho esperar, el sector autotransporte se ha divido en diversas opiniones en cuanto a la efectividad de la suspensión por 6 meses del Segundo Transitorio de la NOM-012-SCT-2-2008, que como ya se ha dicho en repetidas ocasiones permitía circular con un peso adicional de hasta 4.5 toneladas de peso bruto vehicular. Y esta suspensión se refrendó en octubre pasado extendiéndose en su totalidad a un año.
Es conocido que ANTP y CANACAR son las agrupaciones que mayormente han emitido sus juicios con respecto a la medida tomada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). A continuación mencionamos los argumentos que ambas han expuesto sobre el tema.
Asociación Nacional del Transporte Privado (ANTP)
En un desplegado emitido por la ANTP da a conocer su firme postura ante la suspensión del Segundo Transitorio (anterior a la extensión por 6 meses más).
«Las organizaciones y asociaciones que suscribimos la presente, tenemos como una prioridad institucional la seguridad vial, y en ello hemos trabajado con las autoridades, adoptando las mejores prácticas en la prevención de los accidentes. En este sentido, nos pronunciamos por una aplicación enérgica dé las normas de condiciones físico mecánicas (NOM 068 SCT) y la de peso y dimensiones, que entre otras acciones, deje fuera de la circulación a camiones que no cumplen con la regulación y las medidas mínimas de seguridad, y rechazamos totalmente las modificaciones que en forma unilateral la Subsecretaría de Transporte de la SCT ha realizado apresuradamente a la norma de pesos y dimensiones (NOM 012 SCT), al margen del Grupo Técnico instalado para su evaluación.
Lamentamos que el tema de la seguridad vial en nuestras carreteras, siga resolviéndose cediendo a presiones políticas y manifestaciones de líderes transportistas que, afortunadamente, fueron contenidas por la Policía Federal… Es falso que el peso de la carga haya sido la causa directa de los accidentes carreteros del pasado 12 y 20 de abril. Las evidencias técnicas demuestran que las malas condiciones de las unidades y las fallas de los conductores, tuvieron un papel fundamental en los hechos.
Cifras de la SCT indican que el 80% de los accidentes carreteros en México se deben al factor humano y al exceso de velocidad, de igual forma señalan que de 30,000 accidentes que se registran cada año el 3% corresponde a camiones con doble remolque. Las medidas anunciadas no atienden a las causas del problema mismas que están asociadas al no cumplimiento de la normatividad.
Es claro que los dirigentes de los gremios de transportistas pretenden desalentar el uso del doble remolque con el fin de generar una demanda artificial de más camiones de carga para mover el mismo volumen de mercancía y así cobrar más.
Esto inevitablemente encarecerá los fletes en perjuicio de todos los consumidores.
La Comisión Federal de Competencia ha señalado en distintos informes, cuando la SCT u otras entidades han pretendido limitar el tránsito o la capacidad de los fulles, que esta medida resultaría en el uso de vehículos con menor capacidad elevando los costos para el transportista y los usuarios e impactando negativamente la economía de los consumidores finales en todo el país.
Por todo lo anterior vemos que las medidas impuestas sin soporte técnico por la SCT, agravan el problema de la seguridad vial del país, ya que limitar el doble remolque causará:
1º Carreteras más inseguras. Serán necesarios más camiones y más viajes, en carreteras más congestionadas y por consiguiente, con mayor riesgo de accidentes.
2º Servicios de transporte más caros. Al incrementarse el número de camiones de baja capacidad en carreteras federales, se acelerará el daño a la infraestructura, aumentará el costo de los productos, con la consecuente pérdida de productividad y competitividad en detrimento del consumidor.
3º Más impacto al medio ambiente. El mayor uso de camiones significará incrementar el consumo de combustible con el correspondiente daño ecológico que esto implica, combustible que actualmente es subsidiado por el gobierno».
Según palabras de Patricia Vizcaya Ángeles, Gerente Jurídico y de Normatividad de ANTP lo que la SCT buscaba «era una seguridad mayor, sin embargo las medidas que ha tomado han sido fallidas, existe un boletín con el numero 66 que busca incrementar la seguridad, si no mal recuerdo, son unas 12 medidas de seguridad y con ello la autoridad pretende implementar mayores esquemas de seguridad en las carreteras y fortalecer la regulación. Pero lo que emite son medidas que no tiene sustento técnico y que afectan a una sola configuración: al full diferenciado».
«¿Que esta pasando con esta disminución de 4.5 toneladas? nosotros tenemos una reducción de aproximadamente el 9% del peso máximo permitido de la carga (nuestro peso está dividido en la tara que es el peso de la unidad y lo que es la carga útil) aunque formalmente no hay un instrumento jurídico en donde ya limite las autorizaciones de conectividad entre los ejes carreteros de distintas clasificaciones pues nos afecta a todos el que ya no se estén otorgando estos permisos de conectividad por más de 25 km y esto va dirigido al full diferenciado».
Actualmente la ANTP declara que si bien no está de acuerdo con la decisión que la SCT ha tomado actuará siempre conforme a la ley y buscará siempre por la vía legal la atención a sus necesidades.
Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR)
El 29 de octubre el Consejo Nacional Ejecutivo de la CANACAR emitió una petición dirigida a Alfonso Carballo Titular de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Economía en favor de prorrogar la suspensión del Segundo Transitorio de la NOM-012-SCT-2-2008.
«… es conveniente seguir con el procedimiento que lleve a buen fin la suspensión por un semestre más, del artículo segundo de la norma.
Ello en atención a que los estudios, análisis y sugerencias referentes al tema de pesos y dimensiones que las empresas e instituciones interesadas propusieron, fue analizado con todo detenimiento por el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Transporte Terrestre.
En lo referente al autotransporte, es apropiado comentar que al disminuir el peso de la carga transportada conlleva a un mejor desplazamiento de las unidades en la carretera, menor desgaste del vehículo, ahorro en mantenimiento, mayor número de empleos, reactivación de la economía y sobre todo, mejor seguridad para los usuarios de las carreteras y puentes nacionales.
En diversas ocasiones, esta institución se ha manifestado a favor de la prórroga, reiterando incluso, en adelante la cancelación definitiva del Segundo Transitorio de la mencionada norma, sin necesidad de esperar al año 2013, por lo que es importante resaltar que de no autorizarse la prórroga del Acuerdo que modifica el Transitorio Segundo de la norma en cuestión, es muy probable que se revierta el avance del 46.2% en la reducción de muertes causadas por estas unidades, obtenido en el bimestre mayo-junio, con respecto al año previo, continuando así la ocurrencia de accidentes en los que lamentablemente casi siempre se pierden invaluables vidas humanas.
Por lo anteriormente expuesto y en atención al bien mayor de proteger y salvaguardar la integridad de los usuarios de las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, así como evitar daños inminentes a la salud, derivados de los accidentes que involucran unidades doblemente articuladas con excesos de peso, solicitamos a esa H. Comisión aprobar la petición presentada por la SCT, de prorrogar por seis meses más, la suspensión del SEGUNDO TRANSITORIO de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2008, cumpliéndose con ello el propósito de privilegiar el bien común».
Hoy que estamos en el entendido de que la suspensión del Segundo Transitorio de prorrogó por un semestre más se tendrán que buscar los elementos de coyuntura para que las diversas agrupaciones del sector consigan representar de una mejor manera a sus agremiados, pero sobre todo que busquen el bien común sin atender a objetivos primarios.
Sea cuál sea la resolución a esta disyuntiva la meta debe ser siempre buscar el beneficio de la sociedad, sin afectar al consumidor, la infraestructura, la sana competencia, sin elevar los costos para el cliente final y obteniendo el mejor beneficio para el desarrollo del país.