No hay prórroga para Controles Volumétricos en el transporte de hidrocarburos

No hay prórroga para Controles Volumétricos en el transporte de hidrocarburos

No hay prórroga para Controles Volumétricos en el transporte de hidrocarburos, presentar el Certificado de una correcta operación y funcionamiento de los servicios de transporte de hidrocarburos que las empresas de transporte brindan es obligatorio y no habrá prorroga. Aplica al servicio de transporte de petróleo, gas natural, condensados, gasolinas, diésel, turbosina, combustóleo y sus mezclas, gas licuado de petróleo y propano obligado a llevar controles volumétricos.

Es también obligatorio el control volumétrico para aquellos que además de transportar, fabriquen, produzcan, procesen, almacenen, distribuyan o enajenen cualquier tipo de hidrocarburos y petrolíferos.

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Además, se deberá ofrecer la información del tipo de hidrocarburo y del poder calorífico del gas natural. Se deberán enviar reportes mensuales de controles volumétricos en el portal del SAT.

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